OPCIÓN ANUAL DE NIVEL DE APORTES


QUEREMOS RECORDARTE QUE DURANTE OCTUBRE Y NOVIEMBRE PERMANECERÁ ABIERTO EL PERÍODO PARA MODIFICAR EL NIVEL DE APORTES ESTABLECIDO POR EL ART. 41潞 DE LA LEY 12.163.




驴Qué significa?
Que si estás trabajando como profesional en relación de dependencia y tu empleador realiza los aportes previsionales, podés optar por hacer tus aportes a nuestra Caja en el Nivel 1. Si bien esto te va a permitir realizar aportes por debajo del mínimo requerido por ley, que son los aportes del Nivel 2, tenés que saber que cuando te jubiles no vas a recibir la jubilación mínima (que también es la del Nivel 2), sino una jubilación reducida, que va a complementar tu jubilación principal, a la que accederás por medio del Estado, en función de tu ejercicio de la Psicología en relación de dependencia.

Te sugerimos evalúes la elección de Nivel, porque no sólo la jubilación va de la mano del Nivel de aportes que realices sino también el Subsidio por accidente o enfermedad y la Pensión para tu familia, en caso de fallecimiento prematuro.

También es importante que sepas que los haberes de las prestaciones por accidente o enfermedad que te imposibiliten transitoriamente el ejercicio profesional, se calculan en base al Nivel de aportes por el que optaste en el último a帽o completo inmediatamente anterior al a帽o en que solicites ese subsidio.

Todos los afiliados se encontrarán habilitados, desde el 1潞 de octubre y hasta el 30 de noviembre, a cambiar el nivel al que se encuentran actualmente ingresando sus aportes previsionales. Quien aporta al Nivel 2, y pretenda incrementar el monto del haber que cobrará al jubilarse, podrá decidir pasar a un nivel más alto (niveles 3 al 5), de acuerdo a sus posibilidades.

De igual modo, los colegas que han mejorado sus ingresos con relación al momento en que comenzaron a aportar a la Caja, pueden también modificar retroactivamente el nivel de los aportes elegidos en el pasado para pasar a una categoría más alta, mejorando así sustancialmente el monto de la jubilación que tendrán derecho a percibir a partir de los 65 a帽os de edad.

La ausencia de opción, en el caso de los afiliados que aportan a los niveles 2 a 5, implica automáticamente la permanencia en el nivel en el cual se hallaban encuadrados.

AFILIADOS DEL NIVEL 1
Los colegas que han optado por realizar aportes reducidos en su monto (Nivel 1), en tanto aportan a su vez, y en forma obligatoria, a otro sistema previsional como consecuencia del ejercicio de la psicología en relación de dependencia, deberán presentar, indefectiblemente, la documentación requerida (artículo 42潞 de la Ley 12.163) en la Sede Central o en la Delegación Distrital a la cual pertenecen.

AFILIADOS APORTANTES AL PLAN MÓDULO JOVEN.
Los afiliados que aportan al Plan Módulo Joven no tienen que realizar opción alguna, salvo quienes cumplan 35 a帽os de edad durante 2019.



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Próximo vencimiento 10/05/2024