Informamos que en caso que lo requiera podrá designar la incorporación de un interviniente en calidad de autorizado en su cuenta de Caja de Ahorro, habilitada para el depósito del haber mensual. Así se dispone en Art. 3° del convenio firmado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires y esta Caja de Seguridad Social.
A continuación se transcribe el mencionado artículo: “LAS PARTES acuerdan que la apertura de las cuentas se realizará sin necesidad de que los “titulares y/o autorizados” efectúen un depósito inicial y serán gratuitas para los beneficiarios mientras se mantenga la relación con la CAJA. Por lo tanto, las cuentas sujetas al SERVICIO serán eximidas del mantenimiento de saldos mínimos, pudiendo en consecuencia registrar saldo (0) cero. Las condiciones de utilización de estas cuentas para el adherente, se mantendrá mientras esté vigente este convenio y perdure el vínculo con la CAJA quedando en consecuencia la CAJA obligada a comunicar al BANCO toda baja de beneficiarios adheridos al SERVICIO. La incorporación de “autorizados” se realizará en la Sucursal de radicación de la Cuenta del beneficiario, mediante la presentación de un poder especial/general ratificado por el titular de la cuenta beneficiaria, suscripto ante Escribano Público o con la expresa autorización del titular presente en el acto”.
Así mismo recordamos que podrá obtener su recibo de haberes en: cualquier cajero automático (ver tutorial aquí), o bien desde nuestra página web (ver tutorial aquí).