EDITORIAL


DE APORTES Y MERECIMIENTOS
(REFLEXIONES ANTE LA OPCI脫N ANUAL DE NIVEL 2018)


Seamos claros, los aportes previsionales son un ahorro, y la jubilaci贸n su consecuencia. Estas son las bases sobre las que se funda todo sistema previsional.

Reparemos también en la naturaleza contributiva de los beneficios de la Seguridad Social que otorgan las Cajas de Profesionales. A diferencia de lo que ocurre con las pensiones graciables, destinadas a los sectores de la poblaci贸n más desfavorecidos socialmente, de naturaleza no contributiva, se entiende que quienes ejercen una profesi贸n liberal, del mismo modo que otros trabajadores (aut贸nomos o dependientes), deben contribuir, por medio de sus aportes, al financiamiento del sistema que ellos mismos integran como beneficiarios.

Justamente, el art铆culo 14潞 bis de la Constituci贸n Nacional, en su tercer párrafo, determina que 鈥淓l Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable鈥︹. Donde la obligatoriedad, aparece como el presupuesto tácito del art铆culo 14潞 bis para dar cumplimiento a este cometido social, cuya responsabilidad ha sido delegada, por el propio Estado, a cada una de las 77 cajas de previsi贸n y seguridad social para profesionales que funcionan en la Rep煤blica Argentina.

Estamos entonces en condiciones de ensayar alguna respuesta ante quién pueda preguntarse, 驴son realmente bajas las jubilaciones de la Caja de Psic贸logos de la Pcia. de Bs. As.?

A tal fin, tendremos que considerar ciertas variables. Dos en particular.

La primera de ellas. Los Legisladores, al momento de la sanci贸n del marco legal, dotaron a esta Caja de un sistema de niveles de aportes optativos (Niveles 2, 3, 4 y 5). Es cada profesional quien libremente decide, dentro de las opciones planteadas, el monto de los aportes previsionales a ingresar como consecuencia del ejercicio liberal de la psicolog铆a. Y a煤n más. Aquellos afiliados que, aparte del ejercicio liberal de la profesi贸n, ejercen la psicolog铆a en relaci贸n de dependencia, se encuentran habilitados a optar por realizar aportes de un monto incluso menor (Nivel 1), por debajo del aporte m铆nimo (Nivel 2), a condici贸n de recibir, en el futuro, una jubilaci贸n también reducida. En este 煤ltimo caso, teniendo ya garantizado el acceso a la seguridad social por v铆a de otra caja (estatal), este beneficio 鈥渞educido鈥 resultará 鈥渃omplementario鈥 de la jubilaci贸n principal otorgada por el otro sistema, y no una jubilaci贸n m铆nima (que en la Caja de Psic贸logos es la del Nivel 2). En estos asuntos, cada afiliada o afiliado tomará la decisi贸n que crea más conveniente.

La segunda. Como en todo otro régimen previsional, la Legislatura determin贸 que la cantidad m铆nima de servicios aportados por los profesionales de la psicolog铆a, para acceder a un beneficio completo por Retiro Profesional, será de 30 a帽os.

Dentro de ese marco, la jubilaci贸n m铆nima que abona la Caja de Psic贸logos está actualmente representada por un haber mensual de $17.004,60 (que se actualizará nuevamente a partir del 1潞/1/19) y corresponde al nivel más bajo de aportes previsionales (Nivel 2). Pero también existen jubilaciones de $23.617 (Nivel 3) o de $33.063,80 (Nivel 4), o de Nivel 5, para las cuales es necesario elegir realizar aportes de mayor monto.

La elecci贸n del nivel de aportes constituye una decisi贸n estratégica, e impacta directamente sobre la cuant铆a de la jubilaci贸n futura. Deber铆a ser pensada atendiendo a los ingresos que realmente percibe cada psic贸loga o psic贸logo como fruto de su trabajo profesional. S贸lo si la elecci贸n del nivel de aportes tiene una relaci贸n real con los ingresos percibidos durante la etapa activa, podrá garantizarse, al momento de la jubilaci贸n, un haber previsional que resulte verdaderamente sustitutivo de los ingresos percibidos mientras se practicaba la profesi贸n.

Un ejercicio comparativo podr铆a esclarecer al respecto. Al trabajador estatal de la Provincia de Buenos Aires, por cada $18.000 de su salario, le son retenidos mensualmente, y de modo compulsivo, $3.000 en calidad de aportes previsionales al Instituto de Previsi贸n Social (caja estatal). Es decir, que una vez deducidos los aportes, el trabajador percibirá un sueldo 鈥渄e bolsillo鈥 de $15.000. El 16,66% de su salario se deriva, en concepto de aportes previsionales, para financiar su beneficio jubilatorio futuro.

Quizás estos datos permitir铆an a cada colega autoevaluar cual ser铆a la proporci贸n apropiada entre sus ingresos derivados de la actividad profesional, y el nivel de aportes a elegir.

En definitiva, el haber jubilatorio resulta en una traducci贸n, y prácticamente directa, del nivel de aportes elegido y de la cantidad de a帽os aportados.

Aquella afiliada o afiliado jubilado que actualmente perciba un haber mensual de un monto inferior al del haber m铆nimo de la Caja de Psic贸logos, fijado en $17.004,60 hasta el 31 de diciembre de 2018 por los colegas que asistieron a la Asamblea Anual será, o bien porque ya tiene asegurado el acceso a la seguridad social por medio de una caja estatal, por lo que suma a aquel beneficio principal el monto de la jubilaci贸n complementaria del Nivel 1, o bien porque no ha completado el m铆nimo de 30 a帽os de servicios aportados requeridos por la ley, no habiendo tampoco comprado a帽os, ni accedido a la Jubilaci贸n por Mayor Edad.

En este punto, las responsabilidades individuales, no pueden ser soslayadas. Resultar铆a injusto cuestionar al sistema que, poniendo en práctica, desde la Asamblea, la concepci贸n de la solidaridad entre las diferentes generaciones de colegas, ha incluso incrementado los beneficios de ley a partir de la actualizaci贸n del monto en pesos del Subsidio Especial Complementario, por medio de la profundizaci贸n de la incidencia del mecanismo de reparto en el cálculo del haber previsional, apoyados en nuestra actual (aunque transitoria) fortaleza, en cuanto a contar con una relaci贸n de 24 afiliados activos por cada pasivo.

En funci贸n de todo ello, la magnitud del haber que corresponde, o corresponderá, a cada afiliada o afiliado, no constituye una cuesti贸n de abstracto merecimiento, sino de cantidad de a帽os de aportes, tanto como del nivel elegido mientras se ejerc铆a activamente la psicolog铆a, poniendo en juego una corresponsabilidad entre cada psic贸logo y la instituci贸n que, desde ya, no libera de compromiso a ninguna de las partes.



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Próximo vencimiento 10/04/2024