Por Resolución de la Asamblea Ordinaria 2024, que aprobó la moción formulada por una asambleÃsta, y que obtuvo la mayorÃa especial determinada por el artÃculo 8° de la Ley 12.163, se estableció una nueva modalidad de actualización mensual del valor del módulo (para el perÃodo comprendido entre el 1° de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025), de acuerdo al Ãndice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) que publica la SecretarÃa de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
A fin de su instrumentación práctica se toma el último Ãndice publicado con vigencia al dÃa 1° de cada mes. AsÃ, el 1° de julio se toma el último Ãndice RIPTE publicado a esa fecha (Ripte correspondiente al mes de abril/2024 – 16,1%); en agosto el publicado el 15 de julio, con vigencia al 1° de agosto (Ripte correspondiente al mes de mayo/2024 – 7,3%), y asà cada mes subsiguiente.