A continuaci贸n detallamos mensualmente el listado de Beneficios de la Seguridad Social otorgados en 2018:
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales.
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales.
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales.
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales).
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales).
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales).
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales).
Pensiones (Beneficio de Ley)
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales.
Pensiones (Beneficio de Ley)
Se otorg贸 una a 1 causahabientes de colega fallecido.
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales.
Pensiones (Beneficio de Ley)
Se otorgaron pensiones a 2 causahabientes de colegas fallecidos.
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o 2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio (Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241 con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad Social para los Profesionales).
Pensiones (Beneficio de Ley)
Se otorgaron pensiones a 4 causahabientes de colegas fallecidos.
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Beneficios aprobados en la Primera y Segunda reuni贸n del mes Febrero de 2018.
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del
Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado
en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o
2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por
enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de
ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la
profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte
Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por
enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de
ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de
acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor
durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio
(Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes
previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241
con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n
de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n
completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas
Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad
Social para los Profesionales).
Pr茅stamos (Beneficio contemplado por Reglamento)
Beneficios aprobados en la Primera y Segunda reuni贸n del mes Enero de 2018.
Subsidios por Maternidad (Beneficio de Ley)
(Nota: las afiliadas activas se encuentran exentas del pago del
Aporte Mensual correspondiente al mes en que perciben el Subsidio por
Maternidad).
Subsidios por Nacimiento y/o Adopci贸n (Beneficio creado
en el a帽o 2008)
Subsidios por Matrimonio (Beneficio creado en el a帽o
2008)
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por
enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de
ley), produciendo incapacidad total transitoria para el desempe帽o de la
profesi贸n.
Los afiliados activos se encuentran exentos del pago del Aporte
Mensual durante el tiempo en que perciben el Subsidio por Enfermedad.
Subsidios en compensaci贸n del 鈥渓ucro cesante鈥 causado por
enfermedad del afiliado en ejercicio activo de la psicolog铆a (beneficio de
ley), invalidando parcialmente para el ejercicio de la profesi贸n.
Los afiliados activos abonan el proporcional del Aporte Mensual de
acuerdo al porcentaje de capacidad remanente establecido por el m茅dico auditor
durante el tiempo en que perciben dicha prestaci贸n.
Subsidios por Fallecimiento y/o Gastos de Sepelio
(Beneficio contemplado por Ley 鈥 reglamentado por la Asamblea).
Jubilaciones (Beneficio de Ley)
En caso de que estos afiliados hubiesen efectuado los aportes
previsionales en el r茅gimen de aut贸nomos que se correspond铆an por Ley 24.241
con el ejercicio profesional de la psicolog铆a hasta el momento de la creaci贸n
de la Caja de Psic贸logos en el a帽o 1999, hubiesen percibido una jubilaci贸n
completa como consecuencia del Convenio de Reciprocidad vigente entre Cajas
Nacionales y Provinciales de Previsi贸n, y las Cajas de Previsi贸n y Seguridad
Social para los Profesionales).
La Jubilaci贸n por Gran Invalidez se otorga en casos de afiliados
que tengan impedido realizar actos elementales de la vida y precisen para ello
el auxilio continuado de otra persona. Consistir谩 en el haber mensual graduable
por el Directorio en hasta un 50% m谩s del haber correspondiente a la Jubilaci贸n
Ordinaria.
Pensiones
(Beneficio de Ley)
Pr茅stamos
(Beneficio contemplado por Reglamento)