En virtud de los avances en los esquemas de vacunaci贸n, y habi茅ndose levantado las restricciones para el agrupamiento de personas en 谩mbitos sociales, empresariales, culturales y deportivos, y las correspondientes medidas gubernamentales, en materia sanitaria y laboral, tomadas a nivel nacional y provincial:

A partir del 4/2/2022, concluye el per铆odo de excepcionalidad por el cual se equiparaba, desde agosto de 2020, el tiempo de aislamiento sanitario para la prevenci贸n y control de los casos de Covid-19, sea cual fuese el lapso de convalecencia, con el m铆nimo de 30 d铆as requerido por el art铆culo 47潞 inciso a) de la Ley 12.163, para otorgar la compensaci贸n econ贸mica correspondiente al 鈥淪ubsidio por Incapacidad Transitoria鈥 (Subsidio por Enfermedad).

Nuevos criterios de las autoridades gubernamentales

Con fecha 18 de enero 2022 los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Naci贸n, tanto como por los Ministerios de Salud y Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, respectivamente, dan a conocer las recomendaciones para el regreso al trabajo de los trabajadores y las trabajadoras que tengan diagn贸stico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19 (resoluci贸n 27/2022 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Naci贸n):

  • Los trabajadores y trabajadoras que tengan diagn贸stico de COVID-19 que no hayan requerido internaci贸n, podr谩n reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta

    • Casos confirmados con esquema de vacunaci贸n completo (con menos de CINCO -5- meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):
      A los SIETE (7) d铆as desde la fecha de inicio de s铆ntomas (o del diagn贸stico en casos asintom谩ticos), cumpliendo en los TRES (3) d铆as posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y ment贸n- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

  • Los contactos asintom谩ticos, podr谩n regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilaci贸n, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta.

    • Contactos estrechos asintom谩ticos con esquema de vacunaci贸n completo + refuerzo con m谩s de CATORCE (14) d铆as de la 煤ltima aplicaci贸n:

      1. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales..

      2. Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilaci贸n cruzada permanente).

      3. Deben realizar automonitoreo de s铆ntomas de forma diaria.

COBERTURA ANTE CASOS DE COVID-19:
Contin煤an siendo cubiertos por el 鈥淪ubsidio por Incapacidad Transitoria鈥 quienes hayan requerido internaci贸n, o su convalecencia comprenda una incapacidad laboral de 30 d铆as o m谩s, de acuerdo a lo determinado por la ley y su reglamentaci贸n. Se considerar谩 como enfermedad que imposibilita totalmente el ejercicio profesional a aquellos casos positivos de COVID-19 que, con la realizaci贸n de un PCR (Reacci贸n en Cadena de la Polimerasa) u otra acreditaci贸n m茅dico 鈥 sanitaria que disponga la Caja, acrediten el cese de todo trabajo como Psic贸logo/a por m谩s de treinta (30) d铆as, conforme lo establecido en el art铆culo 47潞 inc. a) de la Ley 12.163.


DISPOSICION TRANSITORIA:
Las afiliadas o afiliados en actividad con certificaci贸n de PCR positivo, con fecha anterior al 4 de febrero de 2022, contar谩n con sesenta d铆as h谩biles para solicitar el subsidio en el marco de la excepcionalidad, que se encontr贸 vigente desde el mes de agosto de 2020 y hasta el 4 de febrero de 2022.


Próximo vencimiento 10/04/2024